Crónicas Jurídicas

CUSTODIA Y CONTROL DE UN VEHÍCULO

¡Lo que debe saber sobre la Guarda y Control de un vehículo!

¡Atención! Contrario a lo que muchas personas piensan, el Código Penal no solo prohíbe conducir un vehículo mientras sus capacidades están disminuidas por el alcohol y/o las drogas, sino también tener su guarda y control.
Aquí hay algunas situaciones donde las consecuencias son las mismas que por conducir con las facultades disminuidas:
– Estar sentado en el asiento del conductor con las facultades disminuidas por el alcohol y/o las drogas, en posesión de las llaves, incluso si el vehículo no funciona.
– Encontrarse en su vehículo – incluso dormido en el asiento trasero – tener la posibilidad de eventualmente ponerlo en marcha (tener las llaves en su posesión).

En cada situación similar, el policía evaluará la posibilidad para la persona afectada de conducir su vehículo y si tenía la intención de conducirlo.

En la mayoría de los casos, será acusado de haber tenido la guarda y control de su vehículo mientras sus facultades estaban disminuidas por el alcohol y/o las drogas y será su responsabilidad defenderse ante la Corte para ser absuelto de los cargos en su contra.

¿Se encuentra en esta situación? Llame a uno de nuestros Abogados al (514) 990-3430 sin demora para conocer sus derechos.

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